Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00082-000-06

N° Receptoría:

Fecha: 2006-07-11

Carátula: FRANZE, MIGUEL - RENUNCIA SINDICO - / S/ PRESENTACION (ADMINISTRATIVO)

Descripción: RESOLUCION CAMARA

Expediente Nro.00082-000-06

CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL

RESOLUCION NRO. /06

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 11 DE JULIO DE 2006

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “FRANZE MIGUEL -RENUNCIA SINDICO- S/PRESENTACION”, expte. nro. 00082-000-06 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO: 1.- Que a fs. 1 se presenta el Cdor. Miguel Franze en su carácter de síndico concursal, presentando su renuncia indeclinable al cargo de síndico de la lista existente en esta Circunscripción, y en todas las causas en las que se encuentra interviniendo, invocando el art. 255 de la ley concursal y por las razones que allí explicita.

- - - 2.- Si bien la renuncia a la sindicatura debe ser juzgada por la Cámara de apelaciones con criterio restrictivo (art. 255 L.C.), este tribunal considera que las razones invocadas: cúmulo de tareas en la actividad profesional-privada, y que la renuncia equivale a un pedido de la exclusión de la lista de síndicos, e incluye a la totalidad de los expedientes en los que se desempeña, no dejan otra posibilidad que no sea la de receptar la renuncia que se presenta.

- - -Por ello, la CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL

- - -RESUELVE: I) ACEPTAR la renuncia del Contador Miguel Angel Franze, debiéndose comunicar por Secretaría tal circunstancia a los Juzgados correspondientes excluyéndoselo del listado que este tribunal oportunamente confeccionara.

- - -II) NOTIFICAR, lo aquí resuelto, disponiendo su registro, protocolización y oportuno archivo.

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