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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00324-14
N° Receptoría: A-3BA-23-CC2014
Fecha: 2014-11-11
Carátula: MACMULLEN DE MARTINI, MARIA INES / MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ AMPARO (cc)
Descripción: Concede apelación. Devuelve escrito.
MACMULLEN DE MARTINI, MARIA INES C/ MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ AMPARO (cc) (00324-14).
San Carlos de Bariloche, 11 de noviembre de 2014.
I) Por acreditada la personería en virtud de la copia acompañada.
II) Puesto que se interpone una apelación indebidamente fundada en el mismo acto, devuélvase a la interesada el escrito presentado el 07/11/2014 a la hora 11:32 por la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, representada por la Dra. María Laura Loureyro con domicilio constituido en el Centro Cívico de esta ciudad, cuyo objeto fue apelar la resolución del 31/10/2014 (fs. 41/42) (artículo 245, último párrafo, del CPCCRN).
III) Sin perjuicio de lo anterior, concédese el recurso de apelación ante el Superior Tribunal de Justicia en relación, con efecto suspensivo y sin efecto diferido.
IV) Intímese a la apelante a constituir domicilio en la ciudad de Viedma (artículo 287 -última parte- del CPCCRN por analogía), bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 41 del CPCCRN.
V) Concédese en los términos del artículo 244 del CPCCRN la apelación interpuesta contra la regulación de honorarios.
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Emilio Riat
Presidente de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro