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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 16886-030-13
N° Receptoría: S-3BA-132-C2013
Fecha: 2014-11-10
Carátula: SCAGLIONE, GUSTAVO / RIVAROLA, CARLOS Y OTRO-ESCRITURACION (Ordinario)- S/ INCIDENTE DE APELACION
Descripción: Deja sin efecto llamado al acuerdo. Traslado de rec.casación
SCAGLIONE, GUSTAVO C/ RIVAROLA, CARLOS Y OTRO-ESCRITURACION (Ordinario)- S/ INCIDENTE DE APELACION (S-09) (16886-030-13).
San Carlos de Bariloche, 10 de noviembre de 2014. A
Advirtiendo que se ha omitido sustanciar los recursos de casación interpuestos a fs.102/120 y 130/133, déjese sin efecto el llamado de autos al acuerdo y córrase traslado a las partes de dichos recursos, por el término de 10 días, debiendo éstas constituir domicilio en la ciudad de Viedma, bajo apercibimiento de ley (art. 288 CPCC). Notifíquese por cédula a cargo de la parte interesada.-
Emilio Riat
Presidente de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro