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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0123/2009
Fecha: 2014-11-07
Carátula: GUERRISI CAROLINA S/ SUCESION TESTAMENTARIA
Descripción: providencia
EXPTE. Nº 0123/2009
CARATULA: GUERRISI CAROLINA S/ SUCESION TESTAMENTARIA
Viedma, de noviembre de 2014.-
Por devueltos. Agréguese la media carátula formada.-
Al escrito de fs. 200:
Por efectuada cesión. A los fines de su ratificación, cítese a los herederos instituidos en autos a primera audiencia cualquier día hábil dentro del horario de 8.00 a 11.00 horas. Notifíquese y con relación a los herederos domiciliados fuera del asiento del Juzgado hágase saber que dicha ratificación podrá ser efectuada en el Juzgado de Paz de su domicilio o mediante escribano público.-
Sin perjuicio de ello y toda vez que el heredero instituido Rolando Fabián Guerrisi ha fallecido con posterioridad a la causante sin haberse procedido en su oportunidad a la pertinente inscripción de los bienes legados, hágase saber que a los fines de viabilizar lo peticionado deberá ocurrirse en el sucesorio del mencionado, debiendo realizar los trámites que por ley correspondan.-
Proveyendo a fs. 202/203:
Careciendo de personería, a lo solicitado no ha lugar.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro