Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0598/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2014-11-07

Carátula: DIAZ ROSA DEL PILAR C/ LOPEZ DANIELA PAOLA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: JUEZ ORDENA CERTIFICAR LA PRUEBA PRODUCIDA

EXPTE. Nº 0598/2012.-

CARATULA: DIAZ ROSA DEL PILAR C/ LOPEZ DANIELA PAOLA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-

Viedma, de noviembre de 2014.-

Por presentado en el carácter de gestor procesal y domicilio ya constituído. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del CPCC y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Tiénese presente los desistimientos formulados.-

Atento lo solicitado, certifique el Actuario el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-

Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, manifiéstese respecto a los autos caratulados "Díaz Rosa del Pilar S/ Beneficio de Litigar sin Gastos" expte. Nº 597/2012 J3.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro