include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41246
Fecha: 2014-11-07
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ COLIPE Eva Graciela S/ EJECUTIVO
Descripción: VTA PARA ORDEN DE PAGO ACRECIDOS Y COMPLEMENTARIOS (CUANDO NO LLEGAN AL MINIMO)
"AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ COLIPE Eva Graciela S/ EJECUTIVO"
(Expte. Nro. 41246)
General Roca, 07 de noviembre de 2014.s-
Agréguese la constancia bancaria.-
Atento el estado de autos, apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada a fs. 132, por la suma de $ 34,09 en concepto de gastos y la suma de $ 55,47 en concepto de honorarios, ambas al 16/10/2014.-
Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de que de la cuenta de autos 122027208, transfiera a la cuenta corriente N° 220-220027526 perteneciente a AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. CUIT 30-70842085-5, la suma de $ 34,09 en concepto de total de liquidación aprobada por gastos. Cúmplase por Secretaría.-
Líbrese cheque a la orden de Claudia I. Sestán DNI 18.099.903, por la suma de $ 67,12 en concepto de: a cuenta de saldo de honorarios del Dr. Detlefs ($55,47), e IVA ($ 11,65).-
Téngase presente la caución ofrecida.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
En se libro cheque nro. Conste.-
En retiro cheque Sra. Sestán. Conste.-
//neral Roca, 07 de noviembre de 2014.-s
AUTOS Y VISTOS: Para resolver en autos caratulados "AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ COLIPE Eva Graciela S/ EJECUTIVO" (Expte. N* 41246).-
Regúlanse los honorarios por acrecidos del Dr. Fernando Detlefs en la suma de $ 570 .-
Se deja constancia que para la regulación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuacion profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado aqui obtenido, así como las pautas dadas por nuestra Cámara Local en autos "AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ ETCHEVERRY RODOLFO MARIO S/ EJECUTIVO" (Expte.n°36114-J5-12, del 28/04/2014, entre otros) (art. 6, 8 y 41 ley G2212).-
TODO LO QUE ASI RESUELVO.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
<*****>
Poder Judicial de Río Negro