Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41246

N° Receptoría:

Fecha: 2014-11-07

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ COLIPE Eva Graciela S/ EJECUTIVO

Descripción: VTA PARA ORDEN DE PAGO ACRECIDOS Y COMPLEMENTARIOS (CUANDO NO LLEGAN AL MINIMO)

"AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ COLIPE Eva Graciela S/ EJECUTIVO"

(Expte. Nro. 41246)

General Roca, 07 de noviembre de 2014.s-

Agréguese la constancia bancaria.-

Atento el estado de autos, apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada a fs. 132, por la suma de $ 34,09 en concepto de gastos y la suma de $ 55,47 en concepto de honorarios, ambas al 16/10/2014.-

Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de que de la cuenta de autos 122027208, transfiera a la cuenta corriente N° 220-220027526 perteneciente a AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. CUIT 30-70842085-5, la suma de $ 34,09 en concepto de total de liquidación aprobada por gastos. Cúmplase por Secretaría.-

Líbrese cheque a la orden de Claudia I. Sestán DNI 18.099.903, por la suma de $ 67,12 en concepto de: a cuenta de saldo de honorarios del Dr. Detlefs ($55,47), e IVA ($ 11,65).-

Téngase presente la caución ofrecida.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

En se libro cheque nro. Conste.-

En retiro cheque Sra. Sestán. Conste.-

//neral Roca, 07 de noviembre de 2014.-s

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en autos caratulados "AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ COLIPE Eva Graciela S/ EJECUTIVO" (Expte. N* 41246).-

Regúlanse los honorarios por acrecidos del Dr. Fernando Detlefs en la suma de $ 570 .-

Se deja constancia que para la regulación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuacion profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado aqui obtenido, así como las pautas dadas por nuestra Cámara Local en autos "AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ ETCHEVERRY RODOLFO MARIO S/ EJECUTIVO" (Expte.n°36114-J5-12, del 28/04/2014, entre otros) (art. 6, 8 y 41 ley G2212).-

TODO LO QUE ASI RESUELVO.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro