Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36756

N° Receptoría:

Fecha: 2005-06-29

Carátula: ESTAÑITA MARIA ELENA S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: Acta Testimonial

Autos: "ESTAÑITA MARIA ELENA S/ Beneficio de Litigar sin Gastos" (Expte. Nro. 36756)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, a los veintinueve dias del mes de junio de 2005, siendo las 9.30 horas, comparece ante ante mí Secretaria Autorizante, el Dr. Victor D. Soto como gestor de la Sra. Estañita, y la Sra. MARIA AURORA FERREYRA, DNI 10.595.205, argentina, casada, ama de casa, domiciliada en San Martín 5482 de J.J. Gómez, quien previo juramento de ley depone a tenor del interrogatorio de fs. 13, que conoce a la sra. María Elena Estañita desde hace más de diez años, son vecinas, la señora cuidó a la mamá de la dicente hasta lo último, que no conoce a Hugo E. San Martín ni tiene relación con Expreso Carazza, que las demás no le comprenden. 2) que se remite a lo e xpuesto. 3) que es ama de casa y ha trabajado como empleada doméstica, ahora no puede trabajar porque está enferma. 4) que ella y sus cuatro hijos, la mayor, el que sigue de 18 años y los dos chiquitos. Que siempre ha sido la sra. Estañita el sostén del hogar pero ahora no puede, le ayuda un poco la hija mayor y el chico también últimamente le ayuda un poco pero está lejos, prácticamente no tiene ayuda. 5) que conoce la casa así nomás pero se ve muy humilde, comodidades ninguna. 6) que no sabe cuánto pero lo único es la ayuda de la hija y es lo mínimo. 7) que cree que la casa es lo que le quedó de la familia de ella, auto no tiene. 8) que cree que no porque siempre está necesitando ayuda, todos un poco le damos. 9) que somos vecinas la nena de ella está prácticamente todo el día en mi casa. No siendo para más se da por finalizado el interrogatori, firmando al pie, previa lectura y ratificación.-

Acto seguido comparece la Sra. ELVA YAÑEZ, DNI 4.848.136, argentina, soltera, pensionada, domiciliada en calle Irene Neyra 1672 de J.J. Gómez, quien previo juramento de ley depone a tenor del interrogatorio de fs. 13. 1) que conoce a la sra. Estañita desde hace 15 años, son vecinas, que no conoce a Hugo San Martin ni tiene relación con Expreso Carazza, que las demás no le comprenden. 2) que se remite a lo expuesto. 3) que la señora trabajaba en casas de familia pero ahora hace como un año que está enferma y no trabaja. 4) que es ella y cuatro hijos, ahora el sostén del hogar es la hija. 5) que sí conoce la casa, es re humilde. 6) que los doscientos pesos que gana la piba nada más, trabaja con un dentista. 7) que la casa donde vive no es de ella, se la cambió al hermano pero así nomás de palabra, auto no tiene. 8) que no. 9) que se visita con ella. No siendo para más se da por finalizado el acto, previa lectura y ratificación por ante mí QUE DOY FE.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro