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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0028/2012
Fecha: 2014-11-05
Carátula: COLIPAN JUAN CARLOS C/ COSTERG Y BIGOT OSVALDO RENE Y OTROS S/ USUCAPION
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - ORDINARIOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota
EXPTE. Nº 0028/2012.-
CARATULA: COLIPAN JUAN CARLOS C/ COSTERG Y BIGOT OSVALDO RENE Y OTROS S/ USUCAPION.-
C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 156, a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PRUEBA ACTORA (COLIPAN)
DOCUMENTAL: Incorporada a la causa.-
INFORMATIVA: De la Agencia de Recaudación Tributaria (fs. 124). 2) De la Municipalidad de Viedma (fs. 125/137).-
INSPECCION OCULAR: Acta obrante a fs. 152.-
TESTIMONIAL: De los Sres. Audolina Haydee Becerra Sánchez (DNI 92.434.828), Sandra Graciela Ortiz (DNI 22.049.899), Carlos Ceferino Gasperoni (DNI 18.305.560) y Cristian Marcelo Linares (27.516.818), registrado de manera audiovisual según acta de fs. 154.-
SECRETARIA, de noviembre de 2014.-
R .B.
Luciano Minetti Kern
Secretario
Viedma, de noviembre de 2014.-
Atento la certificación del Actuario, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del CPCC.-
R .B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro