Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0028/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2014-11-05

Carátula: COLIPAN JUAN CARLOS C/ COSTERG Y BIGOT OSVALDO RENE Y OTROS S/ USUCAPION

Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - ORDINARIOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota

EXPTE. Nº 0028/2012.-

CARATULA: COLIPAN JUAN CARLOS C/ COSTERG Y BIGOT OSVALDO RENE Y OTROS S/ USUCAPION.-

C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 156, a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PRUEBA ACTORA (COLIPAN)

DOCUMENTAL: Incorporada a la causa.-

INFORMATIVA: De la Agencia de Recaudación Tributaria (fs. 124). 2) De la Municipalidad de Viedma (fs. 125/137).-

INSPECCION OCULAR: Acta obrante a fs. 152.-

TESTIMONIAL: De los Sres. Audolina Haydee Becerra Sánchez (DNI 92.434.828), Sandra Graciela Ortiz (DNI 22.049.899), Carlos Ceferino Gasperoni (DNI 18.305.560) y Cristian Marcelo Linares (27.516.818), registrado de manera audiovisual según acta de fs. 154.-

SECRETARIA, de noviembre de 2014.-

R .B.

Luciano Minetti Kern

Secretario

Viedma, de noviembre de 2014.-

Atento la certificación del Actuario, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del CPCC.-

R .B.

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro