Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: B-2RO-9-C3-13

N° Receptoría: B-2RO-9-C2013

Fecha: 2014-11-05

Carátula: SOSA CARLOS ALBERTO y Otros C/ CRUCERO DEL NORTE S.R.L. S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)

Descripción: DEVOLUCION AUDIENCIA DE PRUEBA - TESTIMONIALES

"SOSA CARLOS ALBERTO y Otros C/ CRUCERO DEL NORTE S.R.L. S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)"

(Expte. Nro. B-2RO-9-C3-13)

gb

//neral Roca, 05 de noviembre de 2014.-

Por devueltos, téngase presente.-

GUSTAVO E. BAGLI

Jefe de División Autos: "SOSA CARLOS ALBERTO y Otros C/ CRUCERO DEL NORTE S.R.L. S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)" (Expte. Nro. B-2RO-9-C3-13)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, a las 8,30 horas, del día 5 de noviembre de 2014 comparecen ante SS, los Sres.Carlos Alberto Sosa, con el patrocinio del Dr.Cesar Gabriel Di Pascual y por la demandada, la Dr.Mariana Lía Caffaratti -en su carácter de apoderada de Crucero del Norte SRL. Abierto el acto se deja constancia que para la audiencia de prueba del día de la fecha comparecen en calidad de testigos los Sres. Edgardo Fernandez, dejándose constancia de que sus datos personales han quedado registrados en el respectivo medio audiovisual. La demandada desiste de la testimonial pendiente -Sra. Presas-.- Atento el estado de autos, se clausura el término probatorio. Certifique la Actuaria sobre los medios rendidos y pendientes.- Tomadas todas las declaraciones testimoniales se hace saber que pasarán las actuaciones a Secretaria a efectos de grabar los DVDs de las audiencias. No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe. Dejo constancia de que el Dr. Sosa se ha retirado culminada la declaración.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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Poder Judicial de Río Negro