Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 24922III

N° Receptoría:

Fecha: 2014-11-05

Carátula: CAÑABATE MESA Amador S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: AGREGA-PREVIO ACOMPAÑESE

"CAÑABATE MESA Amador S/ SUCESION AB INTESTATO"

(Expte. Nro. 24922III)

//neral Roca, 05 noviembre de 2014.-

Agréguese y téngase presente.-

Examinado el estado de esta causa, corresponde aprobar la cesión de derechos hereditarios de fs. 30/32 a favor de Alicia Antonia Nélida Cañabate.-

Hágase saber a la interesada que deberá darse cumplimiento en forma íntegra con lo ordenado a fs. 47 último párrafo -prov. del 11/09/14-, y para ello resulta necesario que se acompañe un informe actualizado sobre condiciones de dominio del bien (cf. también prov. del 26/08/1996), por cuanto el informe sobre asientos vigentes (fs. 43) no permite determinar la proporción que le correspondería al causante de marras al no informar el acto que ha sido inscripto y que ha servido de antecedente de tal asiento.-

Obsérvase por otro que de la documental traída a fs. 52/54 no surge anotación alguna que de cuenta de su ingreso ante el Registro de la Propiedad Inmueble.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro