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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0337/2006
Fecha: 2006-07-10
Carátula: VELAZQUEZ MARIA ESTER C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE Y OTRA S/ USUCAPION
Descripción: prov
EXPTE. N° 0337/2006
CARATULA: VELAZQUEZ MARIA ESTER C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE Y OTRA S/ USUCAPION
Viedma, julio de 2006.-
Proveyendo a fs. 18:
Hágase saber que las actuaciones se encuentran a su disposición.-
Tiénese presente la persona autorizada al retiro del expediente.-
Al escrito de fs. 19:
Por interpuesta revocatoria y apelación en subsidio contra la providencia de fs. 17.-
Atento los argumentos expuestos por la recurrente y teniendo en cuenta que en el escrito a despacho se ha denunciado la existencia del trámite de beneficio de litigar iniciado, hágase lugar a la revocatoria interpuesta y en consecuencia revócase por contrario imperio lo dispuesto a fs. 17, tercer párrafo.-
En su mérito y teniendo en cuenta lo manifestado en el escrito a despacho, hágase saber que previo a todo deberá acompañarse constancia de tramitación del beneficio de litigar sin gastos por ante el Juzgado de Paz (conf. art. 83 del C. Pr.), debiendo en su oportunidad presentar copia certificada o testimonio de la resolución que recaiga en dichas actuaciones (conf. art. 63 ley 2430 -modif. ley 3780, art. 2° inc. f-).-
A lo peticionado en el punto III, no ha lugar debiendo estarse a lo dispuesto precedentemente.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro