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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0665/2005
Fecha: 2006-07-10
Carátula: NAHUELGUER CARLOS EZEQUIEL C/ NARCISO MARIA ALICIA S/ SUMARIO
Descripción: PROVIDENCIA SUSANA
EXPTE. Nº: 0665/2005.-
CARATULA: "NAHUELGUER CARLOS EZEQUIEL C/ NARCISO MARIA ALICIA S/ SUMARIO".-
Viedma, julio de 2006.-
Atento al estado de autos y el resultado de la audiencia prevista por el art. 489 del C. Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 34, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:
PRUEBA ACTORA
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
CONFESIONAL: A fin de que la sra. María Alicia Narciso comparezca a absolver posiciones, señálase audiencia para el día 21 de septiembre 2.006 a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento dispuesto en el art. 417 del C. Pr.. Notifíquese.-
TESTIMONIAL: A los fines de que los Sres. José Robles, Francisco Villafañe y Roberto Pichuncura, comparezcan a prestar declaración testimonial fíjase audiencia para el día 19 de septiembre a las 09:30; 10:00 y 10:30 horas, respectivamente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 27/09/06 a la misma hora. Los testigos deberán comparecer debidamente documentados. Notifíquense con transcripción del apercibimiento dispuesto por el art. 431 del C. Pr..-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro