Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0207/2014

N° Receptoría: D-1VI-1281-C2014

Fecha: 2014-11-04

Carátula: VIVANCO LUCAS ROGELIO C/ PINEDA JONATHAN DANIEL Y OTRO S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO

EXPTE. No.: 0207/2014

CARATULA:VIVANCO LUCAS ROGELIO C/ PINEDA JONATHAN DANIEL Y OTRO S/ EJECUTIVO

Viedma, de noviembre de 2014.-

Toda vez que las copias acompañadas carecen de validez legal por ser fotocopias simples y no estar suscriptas por el profesional interviniente, en los términos previstos por el art. 120 CPCC in fine, devuélvanse a su presentante.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado sr. VICENTE PINEDA, DNI Nº 17.877.041, como empleado de la Policía de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 24.607 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 2.160 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

Sin perjuicio de ello, manifiéstese respecto al embargo decretado a fs. 49.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

En igual fecha se devuelve fotocopia de tres impresos de internet conforme lo ordenado precedentemente. Conste.-

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro