Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0100/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2014-11-04

Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MOMDJIAN MARCELO HORACIO Y OTROS S/ ORDINARIO

Descripción: ha lugar rec. - rev. prov. - reproduce prov. y otorga 5 días para fundar CEDULA SECRETARIA CEDULA SECRETARIA

EXPTE. No. 0100/2007

CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MOMDJIAN MARCELO HORACIO Y OTROS S/ ORDINARIO

Viedma, de noviembre de 2014.-

Por interpuesta revocatoria, con apelación en subsidio, contra la providencia de fs. 133.-

Atento las razones expuestas, informe el Actuario al respecto. Cumplido vuelvan.-

Rosana Calvetti

Juez

Señora Juez:

Informo a Ud. que realizada la búsqueda de los expedientes firmados en el Juzgado el día 09/10/14 surge que las actuaciones de referencia no fueron publicadas en la página web del Poder Judicial.-

Secretaria, de noviembre de 2014.-

Angela Clara Contreras

Jefe de División

Viedma, de noviembre de 2014.-

Tiénese presente y atento que la providencia dictada el día 09 de octubre de 2014, no se publicó en la página web, corresponde hacer lugar al recurso interpuesto y revocar por contrario imperio la providencia de ordena la deserción del recurso interpuesto.-

En su mérito, tiénese por reproducida la providencia dictada el día 9 de octubre de 2014, que dice: "Por interpuesto recurso de apelación, concédese en relación y con efecto suspensivo". En consecuencia, otórgase a la peticionante, nuevamente, el plazo de 5 días previsto en el art. 246 párr. 1° del CPCC a los fines allí dispuestos, el cual comenzará a correr a partir de la notificación de la presente. Notifíquese por Secretaría (art. 135 inc. 13° del CPCC).-

Tiénese presente y hágase saber a la sra. Jefa de División que deberá extremarse el control del sistema informático del Juzgado.-

Rosana Calvetti

Juez

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

___________

C E D U L A

Señor: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. y Natalia Falugi

Domicilio: Alvaro Barros nº 328 P.B. (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/MOMDJIAN MARCELO HORACIO Y OTROS S/ORDINARIO", Expte. Nº 0100/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, 04 de noviembre de 2014. Tiénese presente y atento que la providencia dictada el día 09 de octubre de 2014, no se publicó en la página web, corresponde hacer lugar al recurso interpuesto y revocar por contrario imperio la providencia de ordena la deserción del recurso interpuesto. En su mérito, tiénese por reproducida la providencia dictada el día 9 de octubre de 2014, que dice: "Por interpuesto recurso de apelación, concédese en relación y con efecto suspensivo". En consecuencia, otórgase a la peticionante, nuevamente, el plazo de 5 días previsto en el art. 246 párr. 1° del CPCC a los fines allí dispuestos, el cual comenzará a correr a partir de la notificación de la presente. Notifíquese por Secretaría (art. 135 inc. 13° del CPCC). Tiénese presente y hágase saber a la sra. Jefa de División que deberá extremarse el control del sistema informático del Juzgado.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de noviembre de 2014.-

*05TXHO.GOD2WP*

Angela Clara Contreras

Jefe de División

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

___________

C E D U L A

Señor: GRACIELA NOEMI VOULLIAT y Guillermo Saurez

Domicilio: BELGRANO Nº 690 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/MOMDJIAN MARCELO HORACIO Y OTROS S/ORDINARIO", Expte. Nº 0100/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, 04 de noviembre de 2014.- Tiénese presente y atento que la providencia dictada el día 09 de octubre de 2014, no se publicó en la página web, corresponde hacer lugar al recurso interpuesto y revocar por contrario imperio la providencia de ordena la deserción del recurso interpuesto. En su mérito, tiénese por reproducida la providencia dictada el día 9 de octubre de 2014, que dice: "Por interpuesto recurso de apelación, concédese en relación y con efecto suspensivo". En consecuencia, otórgase a la peticionante, nuevamente, el plazo de 5 días previsto en el art. 246 párr. 1° del CPCC a los fines allí dispuestos, el cual comenzará a correr a partir de la notificación de la presente. Notifíquese por Secretaría (art. 135 inc. 13° del CPCC). Tiénese presente y hágase saber a la sra. Jefa de División que deberá extremarse el control del sistema informático del Juzgado.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de noviembre de 2014.-

*05TXHO.FQL8OY*

Angela Clara Contreras

Jefe de División

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