Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0787/2013

N° Receptoría: D-1VI-779-C2013

Fecha: 2014-11-04

Carátula: PEREYRA MONICA SOLEDAD C/ HUENTELEO LUIS DARIO S/ EJECUTIVO

Descripción: FUNDO, no correspondia - se devuelve CONSTANCIA DE DESGLOSE CEDULA SECRETARIA CEDULA SECRETARIA

EXPTE. Nº 0787/2013

CARATULA: PEREYRA MONICA SOLEDAD C/ HUENTELEO LUIS DARIO S/ EJECUTIVO

Viedma, de noviembre de 2014.-

Atento el estado de autos, toda vez que la parte demandada a fs. 28/30 interpuso recurso de apelación contra la resolución de fs. 27, el cual fue concedido a fs. 31, en relación y con efecto suspensivo y advirtiendo en este acto, que dicho recurso ha sido fundado en el escrito oportunamente presentado, contraviniendo ello lo normado en el art. 245 párr. 2° del CPCC, en uso de las facultades previstas en el art. 34 inc. 5° b) del código citado y a fin de evitar ulteriores nulidades, procédase al desglose del escrito mencionado, dejándose constancia por Secretaría de la interposición del recurso, otorgándose al peticionante, nuevamente, el plazo de 5 días previsto en el art. 246 párr. 1° del CPCC a los fines allí dispuestos, el cual comenzará a correr a partir de la notificación de la presente. Notifíquese por Secretaría (art. 135 inc. 13° del CPCC).-

Rosana Calvetti

Juez

NOTA: En fecha 16/10/14 siendo las 12.10 horas los Dres. Mauricio Yearson y Vanina Bagli, en representación del sr. Huenteleo, presentaron un escrito interponiendo recurso de apelacion contra la resolución de fs. 27, el cual se desglosa para ser devuelto a sus presentantes, todo ello conforme lo ordenado precedentemente. Conste.-

SECRETARIA, de noviembre de 2014.-

EXPTE. Nº 0787/2013

CARATULA PEREYRA MONICA SOLEDAD C/ HUENTELEO LUIS DARIO S/ EJECUTIVO

CONSTANCIA: De haberse desglosado escrito obrante a fs. 28/30, conforme lo ordenado a fs. 34. Conste.-

SECRETARIA, de noviembre de 2014.-

Angela Clara Contreras

Jefe de División

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

___________

C E D U L A

Señor: LUIS DARIO HUENTELEO y Dres. Mauricio Yearson - Vanina Bagli

Domicilio: Saavedra 728 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PEREYRA MONICA SOLEDAD C/HUENTELEO LUIS DARIO S/EJECUTIVO", Expte. Nº 0787/2013, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, 04 de noviembre de 2014.- Atento el estado de autos, toda vez que la parte demandada a fs. 28/30 interpuso recurso de apelación contra la resolución de fs. 27, el cual fue concedido a fs. 31, en relación y con efecto suspensivo y advirtiendo en este acto, que dicho recurso ha sido fundado en el escrito oportunamente presentado, contraviniendo ello lo normado en el art. 245 párr. 2° del CPCC, en uso de las facultades previstas en el art. 34 inc. 5° b) del código citado y a fin de evitar ulteriores nulidades, procédase al desglose del escrito mencionado, dejándose constancia por Secretaría de la interposición del recurso, otorgándose al peticionante, nuevamente, el plazo de 5 días previsto en el art. 246 párr. 1° del CPCC a los fines allí dispuestos, el cual comenzará a correr a partir de la notificación de la presente. Notifíquese por Secretaría (art. 135 inc. 13° del CPCC).- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de noviembre de 2014.-

*05TXHO.D91H4Z*

Angela Clara Contreras

Jefe de División

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

___________

C E D U L A

Señor: MONICA SOLEDAD PEREYRA y Dra. Natalia Lorena Garcia

Domicilio: J.M. GUIDO 602 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PEREYRA MONICA SOLEDAD C/HUENTELEO LUIS DARIO S/EJECUTIVO", Expte. Nº 0787/2013, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, 04 de noviembre de 2014.- Atento el estado de autos, toda vez que la parte demandada a fs. 28/30 interpuso recurso de apelación contra la resolución de fs. 27, el cual fue concedido a fs. 31, en relación y con efecto suspensivo y advirtiendo en este acto, que dicho recurso ha sido fundado en el escrito oportunamente presentado, contraviniendo ello lo normado en el art. 245 párr. 2° del CPCC, en uso de las facultades previstas en el art. 34 inc. 5° b) del código citado y a fin de evitar ulteriores nulidades, procédase al desglose del escrito mencionado, dejándose constancia por Secretaría de la interposición del recurso, otorgándose al peticionante, nuevamente, el plazo de 5 días previsto en el art. 246 párr. 1° del CPCC a los fines allí dispuestos, el cual comenzará a correr a partir de la notificación de la presente. Notifíquese por Secretaría (art. 135 inc. 13° del CPCC).- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de noviembre de 2014.-

*05TXHO.818I8O*

Angela Clara Contreras

Jefe de División

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Poder Judicial de Río Negro