Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0937/2013

N° Receptoría: A-1VI-127-C2013

Fecha: 2014-11-03

Carátula: MERKEL LILIANA ESTER Y OTRO C/ BRONZETTI NUÑEZ ANDRES OSCAR S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: pedidos oport. - suspende aud. art. 368

EXPTE Nº 0937/2013

MERKEL LILIANA ESTER Y OTRO C/ BRONZETTI NUÑEZ ANDRES OSCAR S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, de noviembre de 2014.-

Proveyendo a fs. 101:

Por recibido. Tiénese presente y hágase saber.-

Tiénese presente para su oportunidad y si correspondiere, lo solicitado a fs. 102 y lo manifestado a fs. 104.-

Al escrito de fs. 105:

Tiénese al Dr. Piermarini por presentado en los términos del art. 48 del CPCC. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del CPCC y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Con respecto a la presentación efectuada por el Dr. Perrote en representación de la compañía de seguros, previamente hágase saber que deberá acreditar la personería invocada con la debida documentación y constituir el domicilio (art. 40 del CPCC).-

Atento la denuncia de acuerdo extrajudicial y en atención a la proximidad de la audiencia fijada en autos a los fines dispuestos por el art. 368 del CPCC, suspéndasela, quedando a cargo de las partes la notificación de los testigos ofrecidos.-

Rosana Calvetti

Juez

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