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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: A-2RO-472-C3-14
N° Receptoría: A-2RO-472-C2014
Fecha: 2014-10-31
Carátula: SEGURA CABRERA DIEGO PABLO C/ AROCA NELSON Y LOPEZ RODRIGUEZ MARCELO S/ ORDINARIO
Descripción: TRASLADO DEMANDA
"SEGURA CABRERA DIEGO PABLO C/ AROCA NELSON Y LOPEZ RODRIGUEZ MARCELO S/ ORDINARIO"
(Expte. Nro. A-2RO-472-C3-14)
gb
//neral Roca, 31 de octubre de 2014.-
Agréguese y téngase por cumplimentado lo ordenado a fs.51.-
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a MARCELO LOPEZ RODRIGUEZ y NELSON AROCA por el término de QUINCE días (art. 338 C.P.C.), a quienes se citan y emplazan para que la contesten conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del código citado y comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese con adjunción de copias.-
Téngase presente la prueba ofrecida y hágase saber lo dispuesto por el art. 360 CPC.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Juez
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Poder Judicial de Río Negro