Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36835

N° Receptoría:

Fecha: 2006-07-10

Carátula: EDITORIAL Río Negro SA C/COSTARELLI Elsa G.E. S/ Ejecutivo

Descripción: EMBARGOS

//neral Roca, 10 de JULIO de 2006.=

A fin de que informen sobre lo requerido, líbrese oficio al Sistema Unico de Registro Laboral.

Téngase presente el bien denunciado a embargo y para su toma de razón líbrense oficios a las entidades mencionadas a fin de que hagan efectivo el mismo sobre los fondos depositados en cuenta corriente y/o caja de ahorro y/o cuenta de valores al cobro y/o cuenta títulos y/o depósitos a plazo fijo que tenga a percibir el demandado -en caso de haberes abstenerse- hasta cubrir las sumas ordenadas a fs. 8 . Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal. Téngase presente la persona facultada para su diligenciamiento.

Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.

Al préstamo peticionado, no ha lugar atento la proximidad de la feria judicial.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro