Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31727III

N° Receptoría:

Fecha: 2006-07-10

Carátula: Banco BANSUD SA C/GIL de Plos Elsa Noemí S/ Ejecutivo

Descripción: inhibiciones

//neral Roca, 10 de JULIO de 2006.=

A efectos de inscribir las inhibiciones decretadas en contra de la demandada líbrese oficio a los Registros de Propiedad del Inmueble y Automotor correspondiente.

Al punto II, facúltese a los nombrados a suscribir las minutas y/o formularios correspondientes a efectos de efectivizar la medida ordenada

Atento la proximidad de la feria judicial, al préstamo peticionado, no ha lugar.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

//neral Roca, 1° de JUNIO de 2005._

Decrétase la inhibición general de los demandados para vender y/o gravar sus bienes a cuyo fin líbrese oficios al Registro de Propiedad del Inmueble y Automotor correspondiente.

Al punto II, téngase presente los datos filiatorios denunciados.

Al punto III, téngase presente la persona facultada a esos fines.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro