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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: A-2RO-77-C3-13
N° Receptoría: A-2RO-77-C2013
Fecha: 2014-10-30
Carátula: MONASTERIO CLAUDIA MERCEDES C/ MONASTERIO OSCAR FERNANDO y otros S/ ORDINARIO
Descripción: NO SE CONCEDE APELACIÓN
"MONASTERIO CLAUDIA MERCEDES C/ MONASTERIO OSCAR FERNANDO y otros S/ ORDINARIO"
(Expte. Nro. A-2RO-77-C3-13)
//neral Roca, 30 de octubre de 2014.-s
Por presentado en el carácter invocado, gestión que deberá ratificar oportunamente.-
Evaluado lopeticionado y teniendo en consideración la presentación de la actora de fs. 261, quien acredita la personería invocada, allanándose de esta manera al planteo realizado por el demandado, devienen abstracto el tratamiento de dicha excepción, difiriéndose la imposición de costas y regulación de honorarios para el momento de contar con elementos para su determinación.-
Por ello, previo a continuar con las presentes actuaciones estése a lo proveído a fs. 269 -mediación-.-
No causándole gravamen irreparable, a la apelación deducida, no ha lugar.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro