Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 16994-060-13

N° Receptoría:

Fecha: 2014-10-30

Carátula: CAÑAMERO, JUAN JESUS Y OTRO / SAN MARTIN, CARLOS ALBERTO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: Definitiva - Aclaratoria

San Carlos de Bariloche, 29 de octubre de 2014.

VISTOS: Los autos caratulados "CAÑAMERO, JUAN JESUS Y OTRO C/ SAN MARTIN, CARLOS ALBERTO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)”, expediente 16994-060-13 (registro de Cámara), de los cuales se imponen individualmente los Señores Jueces Edgardo J. Camperi y Juan Lagomarsino, quienes deliberan sobre el fallo por dictar con certificación de la Actuaria,

Y CONSIDERANDO:

Los Dres. Camperi y Lagomarsino dijeron:

Corresponde resolver la aclaratoria que a fs. 415 planteada por la accionante con respecto a la forma de imposición de las costas según el punto IV de la sentencia de fs. 413/414.

Si bien es cierto que en los considerandos se sostiene que las costas por la cuestión de la excepción deducida por la tercera deben necesariamente colocarse de manera integral en cabeza de la misma, no lo es menos que en la oportunidad en que se decidiera dicha cuestión -fs. 163/164 vta.- también se hubo desestimado un planteo -revocatoria- que formulara la propia accionante, motivo por el cual se dispuso la distribución de las costas en la forma en que se dejara patentizada en el acápite referido, es decir, 70 % a cargo de la aseguradora y 30 % a cargo de la accionante.

Con el alcance señalado proponemos hacer lugar al recurso -si así puede denominarse a la aclaratoria- deducido por la accionante.

El Dr. Marigo, en cambio, se abstiene de opinar.

Por ello, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería, RESUELVE: I) ACLARAR que las costas correspondientes a las cuestiones resueltas a fs. 163/164 se imponen en un 70 % a la aseguradora y en un 30 % a los demandantes. II) PROTOCOLIZAR, REGISTRAR y NOTIFICAR lo resuelto, por Secretaría. III) DEVOLVER oportunamente las actuaciones.

nsa

Edgardo J. Camperi Juan A. Lagomarsino

Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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