Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0731/2014

N° Receptoría: O-1VI-63-C2014

Fecha: 2014-10-29

Carátula: GAVAZZA SANTIAGO REPRESENTACIONES S.R.L. Y OTRO S - BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c) S/ RECURSOS Y ACCIONES

Descripción: CEDULA SECRETARIA GAVAZZA CEDULA SECRETARIA P.R.N. CEDULA SECRETARIA - C.F.

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C E D U L A

Señor: Dr. Juan José Martinez (SANTIAGO GAVAZZA REPRESENTACIONES S.R.L. y SANTIAGO LUCIO GAVAZZA)

Domicilio: BUENOS AIRES Nº 154, 1º PISO, OF. 10 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "GAVAZZA SANTIAGO REPRESENTACIONES S.R.L. Y OTRO S - BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c) C/ S/RECURSOS Y ACCIONES", Expte. Nº 0731/2014, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 23 de octubre de 2014.- ... RESUELVO: I.- Rechazar el recurso de apelación deducido a fs. 56, confirmando en todos sus términos la sentencia obrante a fs. 49 y vta.- II.- Declarar abstracto el tratamiento del recurso incoado a fs. 58 de conformidad con lo dispuesto en el considerando 6°.- III.- Imponer las costas del recurso a la parte apelante vencida (art. 68 ap. 1° CPCC) y regular los honorarios profesionales del Dr. Ignacio A. Racca en la suma equivalente a 5 Jus y los del Dr. Juan Jose Martinez en 3 jus, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 6, 34 y cc. de la ley G N° 2212. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de octubre de 2014.-

*05TXHO.33592V*

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C E D U L A

Señor: Dr. Ignacio A. Racca (PROVINCIA DE RIO NEGRO)

Domicilio: ALVARO BARROS Nº 328 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "GAVAZZA SANTIAGO REPRESENTACIONES S.R.L. Y OTRO S - BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c) C/ S/RECURSOS Y ACCIONES", Expte. Nº 0731/2014, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 23 de octubre de 2014.- ... RESUELVO: I.- Rechazar el recurso de apelación deducido a fs. 56, confirmando en todos sus términos la sentencia obrante a fs. 49 y vta.- II.- Declarar abstracto el tratamiento del recurso incoado a fs. 58 de conformidad con lo dispuesto en el considerando 6°.- III.- Imponer las costas del recurso a la parte apelante vencida (art. 68 ap. 1° CPCC) y regular los honorarios profesionales del Dr. Ignacio A. Racca en la suma equivalente a 5 Jus y los del Dr. Juan Jose Martinez en 3 jus, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 6, 34 y cc. de la ley G N° 2212. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de octubre de 2014.-

*05TXHO.6BC7D6*

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C É D U L A

Señor: Caja Forense

Domicilio: Belgrano nº 80 - (constituido)

Ciudad: Viedma - R.N.

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "GAVAZZA SANTIAGO REPRESENTACIONES S.R.L. Y OTRO S - BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c) C/ S/RECURSOS Y ACCIONES", Expte. Nº 0731/2014, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 23 de octubre de 2014.- ... RESUELVO: I.- Rechazar el recurso de apelación deducido a fs. 56, confirmando en todos sus términos la sentencia obrante a fs. 49 y vta.- II.- Declarar abstracto el tratamiento del recurso incoado a fs. 58 de conformidad con lo dispuesto en el considerando 6°.- III.- Imponer las costas del recurso a la parte apelante vencida (art. 68 ap. 1° CPCC) y regular los honorarios profesionales del Dr. Ignacio A. Racca en la suma equivalente a 5 Jus y los del Dr. Juan Jose Martinez en 3 jus, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 6, 34 y cc. de la ley G N° 2212. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de octubre de 2014.-

*05TXHO.14UXOM*

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Poder Judicial de Río Negro