Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: Z-2RO-287-AM3-14

N° Receptoría: Z-2RO-287-AM2014

Fecha: 2014-10-29

Carátula: TRONCOSO ROSA EVA S/ AMPARO

Descripción: CERTIFICACIÓN ACTA VISTA AL AGENTE FISCAL EN TURNO

CERTIFICO: que me comuniqué telefónicamente con la Sra. Rosa Troncoso, quien me informó que asistió a las Defensorías oficiales para que la asistan legalmente, que dejó copia de su documento de identidad y que se encuentra a la espera del llamado de dicho organismo para reunirse con la Defensora asignada.

General Roca, 29 de octubre de 2014.

ANAHI MUÑOZ

Secretaria

En la ciudad de General Roca; Provincia de Río Negro,a los 28 días del mes de Octubre de 2.014, siendo las 10 horas comparece ante este Tribunal, una persona que dijo ser y llamarse: ROSA EVA TRONCOSO, quien exhibe su DNI N° 11.226.679, de nacionalidad argentina, de 60 años de edad, de estado civil casada, ocupación trabajo domestico, con domicilio real en calle Nucleo 4 - Piso 3ero.A -B° 500 Viviendas de esta ciudad, quien previo juramento de ley: MANIFIESTA: Que viene a interponer acción de amparo contra la mutual O.S.Pe.Con a los fines de que se proceda a autorizar la realización de los estudios médicos ordenados por el propio profesional que atiende en dicha mutual, Dr.Patricio Eugenio Moggio.- - - - - - - - - - - - - - - - -

Relata que sufre fuertes dolores en el hombro y la articulación con el brazo. Que ello le imposibilita realizar tareas y desembolverse normalmente. Que a raiz de ello fue a la consulta médica con el Dr. Moggio que la atiende en O.S.Pe.Con, y por el problema señalado es le ordena la realización de una resonancia en el brazo y hombro. Que dejada la orden en la mutual para su autorización y realización de estudio, la misma resulto rechazada. Que le manifestaron que no se estaban autorizando ese tipo de estudios. Que la administrativa ademas le indico que no se lo estan haciendo a nadie. Que la amparista es afiliada de dicha mutual, razón por la cual no entiende porque no se efectua la autorización y realización de los estudios ordenados. Que peticiona se le ordene a la mutual la efectivización del mismo dado que carece de recursos para hacerlo en forma particular.- - - - - - - - - - - - - - - - -

Procede a presentar DNI y dos ordenes médicas originales, de lo cual se procede a extraer copias.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Por último se le hace saber que deberá concurrir a las Defensoría Oficiales para que la asistan legalmente y/o a un abogado particular de su confianza.-

Por último se procede a dar lectura del art. 8 del Pacto de San José de Costa Rica: "Toda persona tiene derecho a ser oída , con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial (...) en la sustanciación (...) o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter (...)", (...) inc. 6: derecho irrenunciable de ser asistido por un Defensor proporcionado por el Estado (..)" y explicándosele que deberá presentarse en autos con asistencia letrada, y brindándose la respectiva información sobre la actuación de las Defensorías Oficiales o en su caso sobre la posibilidad de contratar asistencia por parte de un letrado particular, y que en definitiva tal decisión recae sobre su persona. - - - - - - -

Se le hace saber a la amparista que deberá diligenciar los oficios, notificarse de las resoluciones que se dicten en este expediente y a todo acto procesal que le sea requerido.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

No siendo para mas se da por finalizado el acto firmado el compareciente PREVIA LECTURA Y RATIFICACIÓN POR ANTE MI QUE DOY FE.-

ANAHI MUÑOZ

Secretaria

"TRONCOSO ROSA EVA S/ AMPARO"

(Expte. Nro. Z-2RO-287-AM3-14)

gb

//General Roca, 29 de octubre de 2014.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Pasen los presentes en carácter de URGENTE al Fiscal en turno, considerando para ello las disposiciones de la ley nacional 23.661 y concordantes.

Asimismo, intímase a la presentante para que se presente en autos con la debida asistencia letrada -tal como le ha sido explicitado en el acta que antecede-, esto último en procura del resguardo de la garantía del debido proceso, legalidad, igualdad, equidad procesal, seguridad jurídica, entre otros, todas ellas contempladas en los Tratados Internacionales de jerarquía constitucional e interpretados en forma armónica con las disposiciones del art. 43 de la Constitución Provincial (art. 2, 8 y concs. del Pacto de San José de Costa Rica; arts. 2,3, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; art. 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados; cf CIDH Opinión Consultiva OC-19/05 del 28/11/05; art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional; art. 1 Constitución Provincial; arts. 34 inc. 5 b.c. y e. 36 inc. 2 -primer párrafo-, 56, 57 del C.P.C.C.).-TODO LO QUE ASÍ RESUELVO.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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