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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00125-023-13
Fecha: 2014-10-28
Carátula: PIRIS RUBEN en autos FALCIGLIA JULIO CESAR / S/ VARIOS
Descripción: OFICIO juzgados nro. 1, 3 y 5.
San Carlos de Bariloche, 28 de octubre de 2014
Al Sr. Secretario del
Juzgado Civil nro. 1
Dr. Mariano Castro
S / D
OFICIO NRO. 190/14
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: "PIRIS RUBEN en autos FALCIGLIA JULIO CESAR S/ VARIOS", expte. nro.00125-023-13, (reg.cám) que tramitan por ante esta Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, bajo la presidencia del Dr. EMILIO RIAT, Secretaría a mi cargo, a fin de comunicarle que en los autos de referencia se ha resuelto inhabilitar al Cdor. Rubén José Piris para desempeñar el cargo de síndico durante el término de cuatro años.
El auto que ordena el presente dice en su parte pertinente: ///San Carlos de Bariloche, 08 de octubre de 2014...la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería, RESUELVE: I) INHABILITAR al cdor. Ruben José Piris para desempeñar el cargo de síndico durante el término de cuatro años. II) REGISTRAR, PROTOCOLIZAR y NOTIFICAR lo resuelto, personalmente o por cédula al mencionado profesional, al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a los Juzgados de 1a. instancia para su conocimiento y demás efectos." Fdo.: Edgardo Camperi, juez de Cámara; Emilio Riat, juez de Cámara; Rubén Marigo, juez de Cámara.
Saludo a Ud. muy atentamente
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro