Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: A-2RO-523-C3-14

N° Receptoría: A-2RO-523-C2014

Fecha: 2014-10-28

Carátula: SEGOVIA SANTIAGO C/ PCIA DE RÍO NEGRO, PILAFIS SALVADOR Y CLÍNICA ROCA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: PREVIO AL INICIO

SEGOVIA SANTIAGO C/ PCIA DE RÍO NEGRO, PILAFIS SALVADOR Y CLÍNICA ROCA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

General Roca, 28 de octubre de 2014

Por presentado, parte y con domicilio.-

Denuncie el presentante el domicilio real a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto por el art. 41 del C.P.C..

Téngase por interpuesta la demanda en los términos indicados y al sólo efecto de interrumpir la prescripción.

Se deja constancia que el beneficio de litigar sin gastos del actor, tramita bajo el N° M-2RO-372-C3-14.

Hágase saber que no resulta del todo claro lo requerido a fs. 5 (objeto concreto de la medida preliminar), en consecuencia, precise-

Obsérvase que no se ha acompañado constancia del agotamiento de la mediación previa oblatoria.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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