Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: F-2RO-379-C3-14

N° Receptoría: F-2RO-379-C2014

Fecha: 2014-10-28

Carátula: MELLADO LUCIANO SEGUNDO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: DECLARATORIA DE HEREDEROS-TENGASE PRESENTE EL DICTAMEN DEL FISCAL

"MELLADO LUCIANO SEGUNDO S/ SUCESION AB INTESTATO"

(Expte. Nro. F-2RO-379-C3-14)

//neral Roca, 28 de octubre de 2014.-c

Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "MELLADO LUCIANO SEGUNDO S/SUCESION" (Expte. Nro. F-2RO-379-C3-2014).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Luciano Segundo Mellado17 de febrero de 2013 en General Roca, Río Negro (certificado a fs.2).

El causante se encontraba unido en matrimonio con Ida Anita Antinao, por acto celebrado el 23 de septiembre de 1977 en General Roca (RN), certificado a fs. 3.-

De dicha unión nacieron:

Luciano Lorenzo: el 11 de noviembre de 1978 en General Roca (RN), certificado a fs. 4.-

Débora Rosana: el 28 de mayo de 1980 en General Roca (RN), certificado a fs. 5.-

Virginia Paola: el 16 de julio de 1982 en General Roca (RN), certificado a fs. 6.-

Delfina Isabel: el 09 de noviembre de 1984 en General Roca (RN), certificado a fs. 7.-

Exequiel Jacob: el 18 de noviembre de 1986 en General Roca (RN), certificado a fs. 8.-

Evangelina Elizabeth: el 22 de noviembre de 1991 en General Roca (RN), certificado a fs. 9.-

Nicolás Segundo: el 08 de marzo de 1999 en General Roca (RN), certificado a fs. 10.-

A fs. 13 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-

A fs. 15 y 29 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-

A fs. 20/6 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-

Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de LUCIANO SEGUNDO MELLADO, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos LUCIANO LORENZO, DEBORA ROSANA, VIRGINIA PAOLA, DELFINA ISABEL, EXEQUIEL JACOB, EVANGELINA ELIZABETH y NICOLAS SEGUNDO de apellido MELLADO y ANTINAO, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite IDA ANITA ANTINAO sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

"MELLADO LUCIANO SEGUNDO S/ SUCESION AB INTESTATO"

(Expte. Nro. F-2RO-379-C3-14)

//neral Roca, 28 de octubre de 2014.-c

Téngase presente el dictámen del Sr. Fiscal.

SANDRA B. RIOS

Jefa de Despacho

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Poder Judicial de Río Negro