Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: A-2RO-320-C3-14

N° Receptoría: A-2RO-320-C2014

Fecha: 2014-10-28

Carátula: CUELLO RICARDO C/ DOMINGUEZ NORMA ADRIANA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario) (#1 -menores)

Descripción: PERITO PSICOLOGA ACEPTA CARGO-AGREGA-LIBRESE OFICIO-PERITO MEDICO SOLICITA ANTICIPO DE GASTOS

"CUELLO RICARDO C/ DOMINGUEZ NORMA ADRIANA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario) (#1 -menores)"

(Expte. Nro. A-2RO-320-C3-14)

//neral Roca, 28 de octubre de 2014.-c

Proveyendo el escrito de fs. 131, téngase presente la aceptación del cargo de la perito psicóloga Susana Beatriz Rinne.

Concédese el préstamo solicitado por el término de tres días. Téngase presente la persona facultada.-

Proveyendo el escrito de fs. 134, agréguese y atento lo manifestado, a los mismos fines líbrese oficio Hospital de Allen, en las condiciones establecidas a fs. 115 vta.

Proveyendo el escrito de fs. 135, téngase presnete la aceptación de cargo del perito médico Néstor Fernando Andrada.

Al punto 2, oportunamente, concédese el préstamo de las actuaciones, por el término de tres días.

Al punto 3, atento lo peticionado y constancias de autos, intímese a las partes para que dentro del quinto día de notificados, deposite en autos la suma de $ 600 .-, en concepto de anticipo de gastos de pericia, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 463 del C.P.C., a cuyo efecto líbrese cédula.-

Hágase saber al actor que al día de la fecha no existe resolución que haya concedido el beneficio de litigar sin gastos y conforme los alcances del art. 83 del C.P.CyC - beneficio provisional-, los gastos requeridos no se encuentran comprendidos .

Suspéndase el plazo para la presentación de la pericia hasta tanto se dé cumplimiento con lo ordenado precedentemente.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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