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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: D-2RO-359-C3-13
N° Receptoría: D-2RO-359-C2013
Fecha: 2014-10-27
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ TERK Emilio Agustín S/ EJECUTIVO
Descripción: FIRME LA MONITORIA//VTA PARA OFICIO
"AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ TERK Emilio Agustín S/ EJECUTIVO"
(Expte. Nro. D-2RO-359-C3-13)
//neral Roca, 27 de octubre de 2014.-w
Atento las constancias de fs. 47, estando el demandado debidamente notificado y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido según informa la Actuaria en éste acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-
Conforme lo dispuesto por los arts. 133 y 542 del C.P.C. las providencias quedarán notificadas por Ministerio de Ley.-
En consecuencia, glósese la documentación original de fs. 7/8.-
Proveyendo a fs 51, punto 1 y 2, agréguese y téngase presente la conformidad de Caja Forense.
Al punto 3 y 4, líbrese oficio al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a fín de que transfiera de la cuenta judicial N° 122195587 a la cuenta corriente N° 220-220027526, CBU N° 03402209-00220027526008 de AVALON Créditos Personales SA, CUIT N° 30-70842085-5 la suma de $ 8944,64- en concepto de: a cuenta de capital. Asimismo, transfiera a la cuenta de Agencia de Recaudación Tributaria, Nº 900001758, la suma de $41,36 en concepto de aporte por Ingresos Brutos del Dr Fernando Detlefs. Y abone a Claudia I Sestan DNI 18099903, la suma de $2564,32 en concepto de honorarios regulados al Dr Detlefs ($2026,64), Ley 869 ($103,40) e IVA ($434,28) . Cúmplase por Secretaría.
Al punto 5, téngase presente la caución juratoria ofrecida.-
Al punto 6 y 7, agréguese la boleta de depósito y téngase por cumplido con el art. 16 de la Ley 2718.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
NOTA: De haberse glosado documental de fs 7/8. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro