Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00345-039-09

N° Receptoría:

Fecha: 2014-10-27

Carátula: CONSEJO ASESOR INDIGENA (C.A.I.) / PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Descripción: Varios.

CONSEJO ASESOR INDIGENA (C.A.I.) C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (00345-039-09).

San Carlos de Bariloche, 27 de octubre de 2014.

I) A fs. 970 (escrito del CAI):

Téngase presente y hágase saber la autorización conferida en favor de la Dra. Araceli Pereira Suárez.

II) A fs. 971 (oficio del Ministerio de Agricultura):

Resérvese con vinculados expedientes remitidos, con nota y detalle de Secretaría en las presentes actuaciones.

III) A fs. 972 (escrito del CAI):

A) En atención a lo solicitado, déjase sin efecto la audiencia fijada para el 20/11/2014 y, en su lugar, para prestar declaración testimonial y bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 431 del CPCC cítese a los siguientes testigos para que asistan a la audiencia de prueba del 28 de noviembre de 2014 en los siguientes horarios:

Francisco Cheuquecoy a la hora 11:00;

Domingo Melis a la hora 11:30;

Regina Inalaf a la hora 12:00; y

Martín Ángel Cayupán a la hora 12:30.

Notifíquese a los testigos por cédula con arreglo a lo dispuesto en el artículo 433 del código citado.

B) Para prestar declaración testimonial y bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 431 del CPCC cítese a los siguientes testigos para que asistan a la audiencia de prueba del 04 de diciembre de 2014 en los siguientes horarios:

José Seguel a la hora 11:00;

Valeriano Acosta a la hora 11:30;

Roberto Curihuala a la hora 12:00;

Mario Cañúpán a la hora 12:30; y

Casiano Prafil a la hora 13:00.

Notifíquese a los testigos por cédula con arreglo a lo dispuesto en el artículo 433 del código citado.

C) Líbrense oficios reiteratorios a los siguientes organtismo:

Dirección Provincial de Ganadería;

Registro Civil;

INDEC;

INTA;

INAI; y

Ministerio de Agricultura de la Nación.

D) Líbrense oficios reiteratorios a los siguientes organtismo:

Dirección Provincial de Ganadería;

Registro Civil;

INDEC; e

INAI.

Respecto del Ministerio de Agricultura de la Provincia estese al punto II de la presente, y respecto del INTA estese al punto IV.

E) De las copias de expedientes administrativos acompañadas en los términos del artículo 335 del CPCCRN córrase traslado por diez días (plazo ampliado para obviar los inconvenientes derivados de la falta de copias de traslado: artículo 121 del CPCCRN). Notifíquese por cédula a cargo de la demandante.

Resérvese con vinculados las copis de los expedientes mencionados, con nota y detalle de Secretaría en las presentes actuaciones. Una vez vencido el plazo dispuesto para el traslado se proveerá lo que corresponda sobre el oficio pedido para la obtención de los originales, previa petición de parte interesada.

IV) A fs. 1024 (oficio del INTA):

Hágase saber lo informado.

Emilio Riat

Presidente de Cámara

Nota: de haberse reservado copia de exptes: 10162/70, 300972/74, 50954/89, 300311/80 y 11574/69 en la Caja Nro.345-09/3. Secretaría. Misma fecha.

Ana María Dalmau

Jefa de Despacho

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