Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0385/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2014-10-24

Carátula: SABER SORAIDA S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: licencias de taxi - bienes del acervo - ART - cumplir ley 869 y traer cert. de inh. causante

EXPTE. Nº 0385/2012

CARATULA: SABER SORAIDA S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, de octubre de 2014.-

Atento las razones expuestas y teniendo en cuenta el informe efectuado por la Municipalidad de Viedma respecto a la disposición de las licencias de taxi a favor del cónyuge supérstite de la causante (fs. 68/146), corresponde tenerlas como bienes integrantes del acervo hereditario.-

En consecuencia y a los fines que se expidan con relación a los sellados que deban abonarse a su respecto, pasen las actuaciones en vista a la Agencia de Recaudación Tributaria.-

Asimismo y a los fines de viabilizar la inscripción de dichas licencias a favor de los herederos declarados en autos se deberá cumplir con la ley 869 y acompañar certificado de inhibición de la causante.-

Rosana Calvetti

Juez

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