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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0187/2014
N° Receptoría: B-1VI-65-C2014
Fecha: 2014-10-24
Carátula: MARTINEZ BAEZ GERARDO MARIA C/ SOSA JULIAN S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA CEDULA DE SENTENCIA-con preguntas por pantalla
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
C E D U L A
Señor: GERARDO MARIA MARTINEZ BAEZ (Dres. Fernando Osvaldo Ruiz - Miguel Angel Galindo Roldán)
Domicilio: ALVARO BARROS 549 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "MARTINEZ BAEZ GERARDO MARIA C/SOSA JULIAN S/DESALOJO (Sumarísimo)", Expte. Nº 0187/2014, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 21 de octubre de 2.014.- VISTOS: ... RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la acción de desalojo intentada y, atento el estado de autos declarar abstracto el lanzamiento del demandado y demás ocupantes del bien sito en calle Patriarca N° 389 de esta ciudad; convirtiendo en definitiva la entrega del bien al Sr. Gerardo Maria Martínez Baez.- II.- Imponer las costas a la parte demandada (art. 68, apart. 1º del CPCC).- III.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. Miguel Angel Galindo Roldan y Fernando O. Ruiz, en forma conjunta, en la suma de $ 8.316 (11% + 40%), (M.B.: $ 54.000 -$ 4.500 x 12-); (arts. 6, 7, 8, 26, 47 y 49 de la ley Nº 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley Nº 869.- IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de octubre de 2014.-
*05TXHO.8WPEZT*
Luciano Minetti Kern
Secretario
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
C É D U L A
Señor: Caja Forense
Domicilio: Belgrano Nº 80 - (constituido)
Ciudad: Viedma
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "MARTINEZ BAEZ GERARDO MARIA C/ SOSA JULIAN S/ DESALOJO (Sumarísimo)", Expte. Nº 0187/2014, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 21de octubre de 2.014.- VISTOS: ... RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la acción de desalojo intentada y, atento el estado de autos declarar abstracto el lanzamiento del demandado y demás ocupantes del bien sito en calle Patriarca N° 389 de esta ciudad; convirtiendo en definitiva la entrega del bien al Sr. Gerardo Maria Martínez Baez.- II.- Imponer las costas a la parte demandada (art. 68, apart. 1º del CPCC).- III.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. Miguel Angel Galindo Roldan y Fernando O. Ruiz, en forma conjunta, en la suma de $ 8.316 (11% + 40%), (M.B.: $ 54.000 -$ 4.500 x 12-); (arts. 6, 7, 8, 26, 47 y 49 de la ley Nº 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley Nº 869.- IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de octubre de 2014.-
*05TXHO.3WKLHO*
Luciano Minetti Kern
Secretario
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Poder Judicial de Río Negro