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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: F-2RO-8-C3-13
N° Receptoría: F-2RO-8-C2013
Fecha: 2014-10-24
Carátula: MEDINA Dolores S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: REGULACION EN SUCESION
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//neral Roca, 24 de octubre de 2014.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Estos autos caratulados: "MEDINA Dolores S/ SUCESION AB INTESTATO" (Expte. N* F-2RO-8-C3-13).-
RESUELVO: 1.- Regular los honorarios de la Dra. Silvia M. Ceci en su carácter de letrada patrocinante por la primera y segunda etapa en las presentes actuaciones y en los autos caratulados: " VERDECCHIA FORTUNATO ELPIDIO S/ SUCESION" (Expte Nº 41005-III-11), en la suma de $ 35.534.- a cargo de los herederos (MB:$ 333.131,30.- 2/3: $ 222.087,53.- arts. 6, 7, 8, 9, 10, 25 y 44 ley G 2212). Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8, 25 y 44 ley G 2212 RN).-
2.- Regular los honorarios de los Dres.Roberto Aldo Barresi y Luis Alberto Longo en el carácter de letrados patrocinante y por la sola presentación de fs.37 en las respectivas sumas de $ 570.- y $ 570.- (art. 24 LA).- Se deja constancia que para la regulación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuacion profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado aqui obtenido, así como las pautas dadas por nuestra Cámara Local en autos "AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ ETCHEVERRY RODOLFO MARIO S/ EJECUTIVO" (Expte.n°36114-J5-12, del 28/04/2014, entre otros).-
Cúmplase con la ley 869.-
A la regulación por la tercera etapa, estése a lo resuelto por Cámara de Apelaciones en autos "LUCERO CIRILO s/Sucesión" (Expte. 21217-CA-12) y "MEHDI DAVID ROBERTO s/SUCESION TESTAMENTARIA" (Expte. Nro. 21235-CA-12).-
TODO LO QUE ASI RESUELVO.-
Regístrese y notifíquese.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro