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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 16986-058-13
N° Receptoría: 0428/216/11
Fecha: 2014-10-24
Carátula: CACERES, ANA Y OTRA / PROVINCIA DE RIO NEGRO (BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS) S/ INCIDENTE
Descripción: por contestado traslado- constituido domicilio - integracion del tribunal AL ACUERDO
CACERES, ANA Y OTRA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS) S/ INCIDENTE (MEJOR FORTUNA) (16986-058-13).
San Carlos de Bariloche, de octubre de 2014.
I) A fs. 341/ 342: A) Por contestado traslado.
B) Por constituído domicilio en la Alzada.
II) En virtud de lo resuelto en el expediente 00536-063-13 sobre la recusación interpuesta contra el Dr. Cuellar, hágase saber que el Tribunal quedará integrado por los Dres. Edgardo J. Camperi, Juan A Lagomarsino y quien suscribe
III) Atento el estado de autos llámense AL ACUERDO.
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Emilio Riat
Presidente de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro