Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 16986-058-13

N° Receptoría: 0428/216/11

Fecha: 2014-10-24

Carátula: CACERES, ANA Y OTRA / PROVINCIA DE RIO NEGRO (BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS) S/ INCIDENTE

Descripción: por contestado traslado- constituido domicilio - integracion del tribunal AL ACUERDO

CACERES, ANA Y OTRA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS) S/ INCIDENTE (MEJOR FORTUNA) (16986-058-13).

San Carlos de Bariloche, de octubre de 2014.

I) A fs. 341/ 342: A) Por contestado traslado.

B) Por constituído domicilio en la Alzada.

II) En virtud de lo resuelto en el expediente 00536-063-13 sobre la recusación interpuesta contra el Dr. Cuellar, hágase saber que el Tribunal quedará integrado por los Dres. Edgardo J. Camperi, Juan A Lagomarsino y quien suscribe

III) Atento el estado de autos llámense AL ACUERDO.

nsa

Emilio Riat

Presidente de Cámara

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Poder Judicial de Río Negro