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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1159/2009
Fecha: 2014-10-23
Carátula: TELIC VLADIMIRO ROBERTO C/ VOLKSWAGEN COMPAÑIA FINANCIERA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: ART. 368 CPCC 2 TESTIGOS (A.P.) ART. 368 CADUCIDAD DE LA PBA TESTIMONIAL
EXPTE. N° 1159/2009
TELIC VLADIMIRO ROBERTO C/ VOLKSWAGEN COMPAÑIA FINANCIERA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
En el dia de la fecha, 23/10/2014, siendo las 10:30 horas se encuentran presentes en el Tribunal, a los fines de la audiencia prevista en el art. 368 del CPCC, el Sr. VLADIMIRO ROBERTO TELIC (D.N.I. nº 10.395.267) junto a su letrado patrocinante el Dr. Leandro Sferco y el Dr. Abel Horacio Barrosa en representación de VOLKSWAGEN COMPAÑIA FINANCIERA quien comparece una vez iniciado el acto. Abierto el acto por la Sra. Juez se procedió a tomar declaración testimonial por la parte actora al sr. Juan Carlos Ferrari, DNI nº M4.987.405; lo cual fue registrado de manera audiovisual (filmación), bajo el nº CLIP_20141023-101511, respectivamente. En este estado se devuelve el interrogatorio acompañado. No siendo para más se dio por terminado el acto.-
EXPTE. Nº : 1159/2009.-
CARATULA: TELIC VLADIMIRO ROBERTO C/ VOLKSWAGEN COMPAÑIA FINANCIERA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-
Viedma, de octubre de 2014.-
Toda vez que de las constancias de la causa no surge la notificación de la testigo María del Carmen Calvo, a lo peticionado en el escrito en despacho no ha lugar y de conformidad a lo dispuesto por el art. 432, inciso 1 del CPCC, declárase la caducidad de dicha prueba.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro