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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1123/2013
N° Receptoría: F-1VI-236-C2013
Fecha: 2014-10-23
Carátula: ALTAMIRANO ELVIO NESTOR S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: PARTICION Y ADJUDICACION - CITA HEREDEROS - HONORARIOS - ART
EXPTE. Nº 1123/2013
CARATULA: ALTAMIRANO ELVIO NESTOR S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, de octubre de 2014.-
Por denunciado bien componente del acervo hereditario.-
Agréguense los informes acompañados.-
Por presentada partición y adjudicación del bien componente del acervo hereditario, a los fines de su ratificación cítese a los herederos declarados en autos a primera audiencia cualquier día hábil dentro del horario de 8.00 a 11.00 horas. Notifíquese y con relación a los herederos domiciliados fuera del asiento del Juzgado hágase saber que dicha ratificación podrá ser efectuada en el Juzgado de Paz de su domicilio o mediante escribano público.-
Atento el acuerdo arribado por las partes a fs. 40/41, homológaselo en todos sus términos, quedando establecidos los honorarios profesionales del Dr. Agustin Omar Gervasini en la suma de $ 12.840 (coef. 12 %; MB: $ 107.000), con cargo a la sucesión y por los trabajos realizados e incluidas las tareas de inscripción. Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
A los fines de oblar los sellados de ley correspondientes, pasen las actuaciones en vista a la Agencia de Recaudación Tributaria.-
A lo demás oportunamente.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro