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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1028/2009
Fecha: 2014-10-22
Carátula: GRANADA ABARZUZA JOSEFA ARABIA C/ BRITOS RICARDO ARSENIO S/ EJECUTIVO
Descripción: CEDULA SALDO REMANENTE - C/ PREGUNTAS POR PANTALLA
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C É D U L A
Sr/a Ricardo Arsenio Britos
Santa Cruz nº 139 (real)
Viedma
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "GRANADA ABARZUZA JOSEFA ARABIA C/BRITOS RICARDO ARSENIO S/EJECUTIVO", Expte. Nº 1028/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a cargo del Dr. Luciano Minetti Kern, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, 24 de julio de 2014.- En consecuencia, hágase saber al demandado la existencia de fondos remanentes a su favor. Notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
NOTA: se le hace saber que la suma para cobrar es de $ 341 y para su percepción deberá concurrir a este Juzgado munido de su documento de identidad cualquier día hábil dentro del horario de 8.00 hs. a 11.00 hs. ó bien comunicarse telefónicamente al 02920-425001 interno 102.-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de octubre de 2014.-
*05TXHO.0PKDWY*
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Poder Judicial de Río Negro