Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0331/2014

N° Receptoría: D-1VI-1441-C2014

Fecha: 2014-10-22

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ ACUÑA MARIO FABIAN S/ EJECUTIVO

Descripción: HACE EFECTIVO APERCIBIMIENTO A ENTIDAD PUBLICA

EXPTE Nº 0331/2014

AUTOS: "CREDIL S.R.L. C/ ACUÑA MARIO FABIAN S/ EJECUTIVO"

Viedma, de octubre de 2014

Agréguese. Atento lo peticionado y teniendo en cuenta las constancias de autos, haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto en el art. 399 del CPCC, póngase en conocimiento del Ministerio de Gobierno el incumplimiento incurrido por parte del Consejo de la Función Pública y Reconversión del Estado con lo ordenado mediante oficio Nº 1197/14 y su reiteratorio Nº 1973/14, a los fines que estime corresponder. Ofíciese.-

Sin perjuicio de ello, líbrese nuevo oficio al Consejo mencionado a los fines de que dé estricto cumplimiento con el embargo decretado en autos sobre los haberes del demandado.-

R .B.

Rosana Calvetti

Juez

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