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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0331/2014
N° Receptoría: D-1VI-1441-C2014
Fecha: 2014-10-22
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ ACUÑA MARIO FABIAN S/ EJECUTIVO
Descripción: HACE EFECTIVO APERCIBIMIENTO A ENTIDAD PUBLICA
EXPTE Nº 0331/2014
AUTOS: "CREDIL S.R.L. C/ ACUÑA MARIO FABIAN S/ EJECUTIVO"
Viedma, de octubre de 2014
Agréguese. Atento lo peticionado y teniendo en cuenta las constancias de autos, haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto en el art. 399 del CPCC, póngase en conocimiento del Ministerio de Gobierno el incumplimiento incurrido por parte del Consejo de la Función Pública y Reconversión del Estado con lo ordenado mediante oficio Nº 1197/14 y su reiteratorio Nº 1973/14, a los fines que estime corresponder. Ofíciese.-
Sin perjuicio de ello, líbrese nuevo oficio al Consejo mencionado a los fines de que dé estricto cumplimiento con el embargo decretado en autos sobre los haberes del demandado.-
R .B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro