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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0165/2008
Fecha: 2014-10-22
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ CARRION KARINA VERONICA Y OTRA S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO HABERES
EXPTE. Nº : 0165/2008.-
CARATULA: "CONFIAR S.R.L. C/ CARRION KARINA VERONICA Y OTRA S/ EJECUTIVO".-
VIEDMA, de octubre de 2014.-
Atento lo solicitado y el estado de autos, trábese embargo sobre los haberes que perciben las demandadas KARINA VERONICA CARRION y MONICA MERCEDES GOROSITO LABAT, en las proporciones de ley, como empleadas de las firmas D.O.L. Servicios Gastronómicos S.R.L. y NALBIC S.R.L. respectivamente, hasta cubrir la suma de $ 3.264 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 8.500 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrense oficios a las firmas mencionadas, haciéndole saber que las sumas retenidas deberán ser depositadas en la cuenta judicial de autos nº 299001383 del Banco Patagonia S.A..-
Desparalízanse las actuaciones.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro