Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0323/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2014-10-20

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ SPECIALE MARIA JOSE S/ EJECUTIVO

Descripción: COBRO X BCO CUALQUIER MONTO (OFICIO) imprimir en form. 2009 COBRO X BCO. CUALQUIER MONTO - CONFIAR

PROVINCIA DE RIO NEGRO

PODER JUDICIAL

OFICIO JUDICIAL

Viedma, de octubre de 2014.-

Al Sr. Gerente

Banco Patagonia S.A.

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados: "CONFIAR S.R.L. C/ SPECIALE MARIA JOSE S/ EJECUTIVO" (Expte. Nº 0323/2011), los que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaria a mi cargo, a fin de poner en su conocimiento la providencia que a continuación se transcribe: "Viedma, 20 de octubre de 2014.- ... Conforme lo peticionado y constancias de la causa, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que deberá entregar a la Dra. María Marcela Savioli (DNI nº 21.618.121) a su sola presentación y de los fondos que ingresen en la cuenta de autos nº 122026427 y hasta cubrir la suma de $ 1.499,42 en concepto de liquidación aprobada, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.- ... ". Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez.-

Saludo a Ud. atentamente.-

Luciano Minetti Kern

Secretario

EXPTE. Nº 0323/2011.-

CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ SPECIALE MARIA JOSE S/ EJECUTIVO.-

Viedma, de octubre de 2014.-

Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 32 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébasela en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 1.499,42 por intereses de capital, honorarios, aportes y sellados, al 18/09/2014.-

Conforme lo peticionado y constancias de la causa, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que deberá entregar a la Dra. María Marcela Savioli (DNI nº 21.618.121) a su sola presentación y de los fondos que ingresen en la cuenta de autos nº 122026427 y hasta cubrir la suma de $ 1.499,42 en concepto de liquidación aprobada, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada MARIA JOSE SPECIALE como empleada del Ministerio de Familia hasta cubrir la suma de $ 1.203,01 en concepto de liquidación aprobada con más la suma de $ 1.311 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial como perteneciente a estos autos, en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

Rosana Calvetti

Juez

Se deja constancia que la copia del oficio obra en el sistema Lex. Conste.-

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