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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40093
Fecha: 2014-10-17
Carátula: BERHAU Alfredo Daniel C/ ARIAS Cristobal S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: OFICIO DE EMBARGO
General Roca, de octubre de 2014.-
Sres. PROA S.A.
V I L L A R E G I N A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BERHAU ALFREDO DANIEL C/ARIAS CRISTOBAL S/EJECUCION DE HONORARIOS" (Expte. 40093) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III a cargo de la Dra. ANDREA V. DE LA IGLESIA, Secretaría Ùnica a mi cargo, sito en calle San Luis 853, 2º piso de ésta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que procedan a trabar nuevo embargo sobre los haberes a percibir por el demandado CRISTOBAL ARIAS, DNI 14.853.635, hasta cubrir las sumas de $ 152,78.- en concepto de capital, con más la de $ 200.- calculados para intereses y costas. La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 15 de septiembre de 2014.- ...líbrese oficio a la empleadora a fin de que trabe nuevo embargo sobre los haberes a percibir por el demandado, en la proporción que establece el Decreto Ley 484/87, por las sumas de $ 152,78.- en concepto de capital (resto honorarios acrecidos de fs. 64), con más la de $ 200.- calculados para intereses y costas. Dichos montos deberán ser depositados y/o transferidos en la cuenta de autos del Banco Patagonia SA, sucursal local, y a la orden del Tribunal. Fdo. Dra. Andrea V. de la Iglesia. Jueza.-
Sin otro motivo, saludo atte.-
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Poder Judicial de Río Negro