Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39981

N° Receptoría:

Fecha: 2014-10-16

Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ SANO Hideki S/ EJECUTIVO

Descripción: RENUNCIA PODER-NO A LA REGULACION

//neral Roca, 16 de octubre de 2014.-c

Téngase presente la renuncia al poder formulada.-

Intímase al poderdante para que dentro del término de DIEZ días comparezca en autos mediante apoderado, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 53 del CPC. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula al domicilio real.-

Hágase saber al firmante que deberá continuar con sus gestiones hasta el vencimiento del plazo precedentemente fijado.

Atento las regulaciones de honorarios de fs. 12 y 61, a la regulación solicitada, no ha lugar.

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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Poder Judicial de Río Negro