Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0863/2013

N° Receptoría: A-1VI-117-C2013

Fecha: 2014-10-15

Carátula: GAVILANI YOLANDA MARISA C/ LA COMARCA S.A. Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: PROVEE PRUEBA - FIJA AUDIENCIA ART. 368 DEL C.PR.

EXPTE. Nº 0863/2013

AUTOS: GAVILANI YOLANDA MARISA C/ LA COMARCA S.A. Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, de octubre de 2014.-

Atento al estado de autos, lo peticionado en el escrito a despacho y el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del CPCC que da cuenta el acta obrante a fs. 99, corresponde tener presente el ofrecimiento de perito médico, para el momento en que venza el plazo allí concedido.-

En consecuencia, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:

PRUEBA ACTORA (GAVILANI)

DOCUMENTAL: La agregada a autos.-

INFORMATIVA: Líbrense oficios a: 1) Hospital Artémides Zatti: para que remita copia certificada de la historia clínica de la sra. Yolanda Marisa Gavilani, DNI Nº 25.093.287. 2) Clínica Viedma: para que remita copia certificada de la historia clínica de la sra. Yolanda Marisa Gavilani, DNI Nº 25.093.287. 3) Comercio de Ortopedia "Cirugía Patagónia" para que se expida con relación a la autenticidad de las facturas Nº 0001-00007113 de fecha 02/02/13 y 0001- 00007503 de fecha 26/03/13. 4) Dr. Marcos Cailotto para que se expida con relación a la autenticidad del recibo Nº 0001-00004315 de fecha 25/03/13. 5) Bioquímico Dr. Mario Enrique Serra para que se expida con relación a la autenticidad del recibo Nº 0001-00011491 de fecha 25/03/13. 6) Quinor SA para que se expida con relación a la autenticidad del presupuesto de fecha 13/02/13 pedido por el Dr. Galaburri. Hágase saber que deberá acompañarse copias de la documental a reconocer a los fines de su reemplazo.-

PERICIA PSICOLOGICA: Surgiendo del libro de sorteo de peritos psicólogos de la Cámara de Apelaciones de Viedma que sólo se encuentra habilitado un único perito en dicha especialidad para todos los fueros, por razones de economía procesal y a los fines de la realización de la pericia desígnase como perito psicólogo al sr. José Arturo Galiñanes, con domicilio en calle Alsina 368 de Viedma, quien deberá aceptar el cargo por ante el Actuario dentro del tercer día de notificado y presentar la pericia dentro de los quince días subsiguientes, bajo apercibimiento de remoción. La pericia se realizará en base a los puntos ofrecidos por la parte actora a fs. 95 vta. exceptuando los puntos 3, 4 y 5. Notifíquese.-

Tiénese presente el desinterés manifestado por la demandada en su realización (art. 478 del CPCC).-

PRUEBA DEMANDADA (LA COMARCA SA):

DOCUMENTAL: La agregada a autos.-

PRUEBA CITADA EN GARANTIA (MUTUAL RIVADAVIA)

DOCUMENTAL: La agregada a autos.-

INFORMATIVA: Líbrese oficio a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo para que informe si ha existido ART que hubiera abonado concepto alguno vinculado al sub lite, indicando en su caso fecha, monto y concepto de cada pago.-

A los fines previstos en el art. 368 del CPCC, fíjase audiencia para el día 04 de diciembre de 2014 a las 9:30 horas, a la que deberán comparecer a absolver posiciones la actora sra. Yolanda Marisa Gavilani y el representante de la demandada "La Comarca SA", bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 407 del CPCC y a prestar declaración testimonial por la parte actora: sra. Viviana Angélica Millapan Valdebenito; por la parte demandada: sr. Jonathan Jael Ruppel y Carlos Alberto Alan y por la citada en garantía: sr. Jonathan Jael Ruppel, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 11 de diciembre de 2014 a las 11.00 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.-

A los fines de recepcionar la absolución de posiciones del representante legal de la citada en garantía, líbrese oficio al sr. Juez de Igual Clase y en Turno de la ciudad de La Plata.-

Notifíquese a las partes por Secretaría las audiencias dispuestas precedentemente, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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