Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36618

N° Receptoría:

Fecha: 2006-07-06

Carátula: OVIEDO Silvina del V. c/AUTOSERVICIO JOSE LUIS S/ Ejecución Multa

Descripción: Sentencia 508

General Roca, 06 de julio de 2.006 .-

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en esta causa caratulada: “OVIEDO SILVINA DEL VALLE C/AUTOSERVICIO JOSE LUIS S/EJECUCION MULTA” (EXPTE. N* 36.618-III-04) .-

CONSIDERANDO: a) Que el título es ejecutivo, art. 508 del C.P.C. Y C.C..-

b) Que el demandado no opuso excepciones en término.-

Por ello,

RESUELVO Llevar adelante la ejecución contra AUTOSERVICIO JOSE LUIS por la suma de $ 2.016 con más sus intereses y costas.-

Téngase presente lo manifestado y regulo por su actuación, los honorarios de la Dra. Silvina del Valle Oviedo en la suma de $ ................. .-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Cúmplase con la ley 869.-

Previo al archivo, vista a Caja Forense.-

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro