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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39212
Fecha: 2014-10-14
Carátula: BANCO Jorge Liberato C/ PEREZ Pablo Pedro S/ EJECUTIVO
Descripción: AGREGA CEDULA-ORDENA NUEVO EMBARGO
"BANCO Jorge Liberato C/ PEREZ Pablo Pedro S/ EJECUTIVO"
(Expte. Nro. 39212)
//neral Roca, 14 de octubre de 2014.-c
Agréguese y téngase presente.
Proveyendo lo peticionado a fs. 130, líbrese oficio a la empleadora a fin de que trabe nuevo embargo sobre los haberes, horas extras, participaciones, comisiones, sumas no remunerativas que tenga a percibir el demandado, en la proporción que establece el Decreto Ley 484/87, por las sumas de $ 914,91.- en concepto de capital (saldo planilla de fs. 123), con más la de $ 500.- calculados para intereses y costas. Dichos montos deberán ser depositados y/o transferidos en la cuenta de autos del Banco Patagonia SA, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-
Dra. ANDREA V. DE LA IGLESIA
Juez
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Poder Judicial de Río Negro