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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00058-14
Fecha: 2014-10-14
Carátula: MANCILLA VARGAS, JORGE EDUARDO / ULLOA LLAMUSI, IGNACIO ARMANDO S/ USUCAPION
Descripción: Nueva notificación
MANCILLA VARGAS, JORGE EDUARDO C/ ULLOA LLAMUSI, IGNACIO ARMANDO S/ USUCAPION (00058-14).
San Carlos de Bariloche, 14 de octubre de 2014.
I) Por contituido el nuevo domicilio. Notifíquese a la contraparte mediante cédula a cargo del peticionante.
II) Notifíquese en el nuevo domicilio constituido la sentencia dictada en autos, mediante cédula que será librada por Secretaría.
III) A efectos de evitar más contratiempos, hágase constar en la cédula que deberá diligenciarse con abstracción de que el requerido viva o no en el lugar y con los siguientes recaudos: a) en caso de que el notificador no pueda acceder hasta el domicilio indicado en la cédula (piso, departamento, habitación, unidad funcional, etcétera), deberá entregarla al personal que dependa directa o indirectamente del consorcio de propietarios; y b) en el supuesto de que ello tampoco fuese posible, deberá fijarla en el último lugar al que tenga acceso -de acuerdo con la calle y número en cuestión- y que mejor garantice su recepción, con expresa descripción en el acta del lugar en que la fija (conf., por analogía, artículo 153 -apartados B.b y D- del Reglamento para la Oficina de Notificaciones para la Justicia Nacional y Federal).
Emilio Riat
Presidente de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro