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Proveído
Organismo: Juzgado Civil, Comercial y Mineria Nro. 3 (Ex Juz.13)
Ciudad: Cipolletti
N° Expediente: 10511/14
N° Receptoría: Q-4CI-2-C2014
Fecha: 2014-10-10
Carátula: GIARETTO MARIANA C/ ARSA Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO
Descripción: ACTA AUDIENCIA DAÑO AMBIENTAL PÚBLICA AGREGUESE
-----En la ciudad de Cipolletti, a los 10 de octubre de 2014, siendo las 09.00 horas, se presentan a la audiencia oportunamente fijada para la fecha en estas actuaciones caratuladas “GIARETTO MARIANA C/ ARSA Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. N° 10511/14), las siguientes personas: la legitimada activa Sra. Mariana Giaretto y su letrada patrocinante Dra. Victoria Naffa, con demás personas interesadas atento el tema de interés público tratado.
Por la parte accionada,
a) DPA, Sr. Gabriel E. SORA, técnico de la subdelegación Cipolletti;
B) MUNICIPALIDAD DE CIPOLLETTI; DR. GIGENA.
C) PROVINCIA DE RÍO NEGRO Dr. Mendía y Dra. Oyarzabal:,
D)Claudio CELIZ , JEFE INTERINO DE SERVICIOS DE AGUAS RIONEGRINAS.-
E) VÍA BARILOCHE, Dr. MARCELO NUNZI.-
Abierto el acto, fueron escuchadas cada una de las distintas partes comparecientes. Se determina como paso a proseguir de acuerdo a la ley 2779, la determinación de la existencia de daño ambiental, actual o con probabilidad de contaminar a futuro; sobre el canal de drenaje que corre paralelo a la ruta 22 (ex- Roca) hasta descargar en el colector P-II.-
Para ello:
1) se determina librar un oficio, además de tomar conocimiento en este acto el representante de la Fiscalía de Estado; a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo sutentable; a fin de que birinde informe detallado y técnico, sobre lo aquí denunciado; con copia de la demanda, y en su caso autorizando a retirar fotocopias de las partes pertinentes de la causa.
2) Se intima al DPA, asimismo, para que adjunte en el término de 10 días, el origen del curso de agua y los efluentes que lo nutren y que descargan sobre el mismo; para determinar en su caso los sujetos pasivos alcanzados por esta acción y en su caso, eventual relación de la presente causa con otros amparos que tramitan en al circunscripción.-
-----No siendo para más, se da por terminado el acto el firmando los presentes previa lectura y ratificación.-
CIPOLLETTI, 10 de octubre de 2014-ljg -10511/14-
Agréguense.-
SILVANA A. MARTIN
Jefe de División
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Poder Judicial de Río Negro