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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00264-14
N° Receptoría: Q-3BA-81-CC2014
Fecha: 2014-10-10
Carátula: GOYE, OMAR / DIARIO DIGITAL ANB Y OTROS- AMPARO INFORMATIVO- S/ QUEJA
Descripción: Diferir el archivo- OFICIO- nota
GOYE, OMAR C/ DIARIO DIGITAL ANB Y OTROS- AMPARO INFORMATIVO- S/ QUEJA (00264-14).
San Carlos de Bariloche, 09 de octubre de 2014.
Diferir la providencia que antecede (fs. 16) hasta que sea oficiado lo ordenado lo dispuesto a fs. 15 vta punto II.
nsa
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
OFICIO
San Carlos de Bariloche, 09 de octubre de 2014.
Secretaria – Juzgado Civil, Comercial y Mineria Nº 5
Dra. María Luján Pérez Pysny
IIIº Circunscripción Judicial- Provincia de Rio Negro
S____________________/______________________D
Nro. 184/14
Tengo el agrado de dirigirme a ud. en virtud de los autos caratulados“GOYE, OMAR C/ DIARIO DIGITAL ANB Y OTROS – AMPARO INFORMATIVO- S/ QUEJA” Expte Nº: 00264, en trámite por ante esta Cámara de Apelaciones, Civil, Comercial y Minería, de la IIIº Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, sito en pasaje Juramento 190 6º piso, presidencia a cargo del Dr. Emilio Riat, Secretaría única a mi cargo; a fin de comunicarle mediante oficio de estilo, que los Sres Jueces intervinientes en autos han resuelto admitir la queja interpuesta, contra el auto que denegola apelacion interpuesta contra el decisorio de fecha 17 de junio del corriente en autos "Goye Omar c/ Diario Digital ANB s/ Amparo Informativo" Expte º 13043-14.
La resolución que ordena el mismo, reza: " ///San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 25 días del mes de septiembre (...) Por ello, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería, RESUELVE: I) ADMITIR la queja del demandante contra el auto que denegó la apelación que interpuso contra el decisorio del 17/06/2014. II) OFICIAR por Secretaría al Juzgado de Primera Instancia para que conceda esa apelación.(...) Fdo: Edgardo J. Camperi , Emilio Riat, Marina Venerandi- Jueces de Cámara."
Sin otro particular, saludo a ud. atentamente.
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
Nota: en misma fecha del proveído anterior se libró oficio al Juzgado Civil Nº 5 en virtud de la queja admitida. Conste.
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro