Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: A-2RO-396-C3-14

N° Receptoría: A-2RO-396-C2014

Fecha: 2014-10-09

Carátula: SIMON JORGE OSVALDO Y CHACANO CLEMENTINA C/ MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: ACTORA CONTESTA TRASLADO-CITACION DE 3° A JUICIO

"SIMON JORGE OSVALDO Y CHACANO CLEMENTINA C/ MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)"

(Expte. Nro. A-2RO-396-C3-14)

//neral Roca, 09 de octubre de 2014.-c

Proveyendo el escrito de fs. 36, téngase por contestado en tiempo y forma por la actora, el traslado conferido a fs. 34.

Téngase presenta la conformidad expresada en cuanto a la citación de tercero peticionado por el demandado.

Atento lo solicitado a fs. 32, punto VII y lo dispuesto por el Art.94 del C.P.C., admítase la citación de tercero denunciado en autos y en consecuencia cítese a la provincia de Río Negro -Departamento Provincial de Aguas- con entrega de copias para que se presente a hacer valer sus derechos en autos en el término de treinta días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art.96 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto, líbrese cédula directa al Gobernador y Fiscal de Estado.-

La diligencia deberá efectuarse en el plazo de CINCO días,bajo apercibimiento de tenerlo por desistido al demandado de la citación del tercero. Notifíquese.

Proveyendo el escrito de fs. 39, agréguese.

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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Poder Judicial de Río Negro