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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0809/2014
N° Receptoría: F-1VI-460-C2014
Fecha: 2014-10-08
Carátula: BUKSTEIN RAQUEL CELIA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: INICIA SUCESION AB INTESTATO
EXPTE. Nº: 0809/2014.-
"BUKSTEIN RAQUEL CELIA S/ SUCESION AB INTESTATO".-
Viedma, de octubre de 2014.-
Por presentados, parte y por constituido el domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de RAQUEL CELIA BUKSTEIN.-
Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario Noticias de la Costa citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del CPCC). Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-
Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-
Atento lo solicitado y constancias de la causa, desígnase Administrador Judicial provisorio de acuerdo a lo previsto en el art. 692 del CPCC al Sr. Claudio César Iturburu, quién deberá aceptar el cargo por ante el Actuario (conf. art. 710 cód. cit.) y llevar adelante su cometido conforme las facultades y obligaciones previstas en los arts. 712 y 713 del CPCC. Oportunamente expídase testimonio y/o fotocopia certificada de la presente y su correspondiente aceptación.-
Conforme lo previsto por el art. 699 inc. 1) del CPCC, notifíquese por cédula a la presunta heredera Patricia Gisela Iturburu.-
Previo a todo, repóngase la suma de $ 75 por impuesto de justicia; y $ 300 por sellado de actuación.-
R .B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro