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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36552
Fecha: 2006-07-05
Carátula: AFIP DGI en: LA REGINENSE COOP. VITIV. S/conc. S/ Verificación
Descripción: Orden de Pago//a cédula
//neral Roca, 05 de JULIO de 2006.-
Al punto I, íbrese oficio al Banco Patagonia SA (Resolución 104/03 modificada por Resoluc. 100/04 DGR) a fin de que abone directamente y por ventanilla al Cr. CÉSAR CASTRO la suma de $7.581,20 en concepto de total de sus honorarios según planilla aprobada a fs. 180 vta. $6.107,36 menos el impuesto de Ingresos Brutos, más Intereses $263,39 y más $1.337,86 de IVA, y a su vez transfiera a la cuenta de la Dirección de Rentas la suma de $127,41 en concepto de retención del Impuesto a los Ingresos Brutos.-
Asimismo, líbrese oficio al Banco Patagonia SA (Resolución 104/03 modificada por Resoluc. 100/04 DGR) a fin de que abone directamente y por ventanilla al Sr. JORGE ALBERTO CASALINI la suma de $2.527,07 en concepto de: $2.035,79 total de honorarios del Dr. Eduardo Saint Martin según planilla aprobada a fs. 180 vta. menos el impuesto de Ingresos Brutos, más intereses $87,80 y $445,95 de IVA, y a su vez transfiera a la cuenta de la Dirección de Rentas la suma de $ 42,47 en concepto de retención del Impuesto a los Ingresos Brutos.-
Al punto II y al Otro Si Digo, téngase presente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
CEDULAS (4) con traslado ordenados a fs. 226.- (26.06.06).-
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Poder Judicial de Río Negro